Medida busca proteger a las personas con discapacidad y menores de edad
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Reforma
del proyecto se realizó en febrero pasado.
David
Mora, periodista
Este
jueves 30 de octubre, la Conferencia Episcopal de Costa Rica (CECOR) emitió un
comunicado en el que indica que la Iglesia Católica acoge la nueva ley 23.928 "contra
el silencio en delitos sexuales en perjuicio de la niñez y personas con discapacidad",
aprobada por 41 diputados en la Asamblea Legislativa.
Los
obispos manifestaron que la Iglesia acoge la ley porque están llevando a cabo en
la protección y la transparencia en casos de abuso sexual en ámbitos eclesiales
con protocolos y proyectos formativos en Costa Rica.
"Trabajamos por espacios eclesiales seguros
para todos y seguimos firmas en la tolerancia cero al abuso. Tenemos la convicción
de la necesidad de denunciar cualquier situación de abuso y cooperar con la
justicia civil para reparar el daño causado", se indica en el comunicado.
Al
finalizar el texto, los obispos piden a los legisladores respetar el sigilo en
el Sacramento de la Reconciliación y dejar inalterado el articulo 206 del
Código Procesal Penal.
Hace
un año, el 31 de octubre de 2024, se debatió en la Comisión Legislativa de
Derechos Humanos sobre la posibilidad de que el proyecto, propuesto por el
diputado del Partido Frente Amplio (PFA), Antonio Ortega, incluyera que los
sacerdotes estuvieran obligados a denunciar cuando supiera de casos de abusos sexual,
incluyendo que esto fuera en el contexto de una confesión o dirección
espiritual, algo a lo que la Iglesia se opuso, dejando claro que este espacio
es sagrado; caso distinto a si lo supiera en otro contexto donde no violentaría
ningún sacramento.
El
pasado 13 de febrero se aprobó el proyecto en la Comisión, descartando la posibilidad
de que los clérigos que atienden a las personas en confesiones, esto gracias a
la reforma impulsada por el Partido Nueva República (PNR).
El
artículo 206 del Código Procesal Penal indica que "deberán de abstenerse de
declarar sobre los hechos secretos que hayan llegado a su conocimiento en razón
del propio estado, oficio o profesión, los ministros religiosos, abogados y
notarios, médicos, psicólogos, farmacéuticos, enfermeros y demás auxiliares de
las ciencias médicas, así como los funcionarios públicos sobre secretos de
Estado".