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Fortalezcamos la cultura de la vida

(VIDEO) Mons. José Rafael Quirós Quirós, Arzobispo Metropolitano


La pandemia que nos azota y que nos ha sumido en la incertidumbre, a muchos en el desánimo y casi que vivir el día a día en lo que a normativa y comportamiento se refiere, también está dejando una estela de muerte y dolor. Por lo que, como cristianos estamos llamados a anunciar en todo momento y con mucha esperanza la vida y  darle espacio en cualquiera de sus etapas y en toda circunstancia.

 Existe una figura jurídica que nació en Estados Unidos hace más de 40 años, denominada "Testamento vital"[1]  y por la cual, una persona  expresa, de forma anticipada, su decisión acerca de cuándo querría que se les suspenda el tratamiento médico prestado en casos límites y restringidos.

Cualquier iniciativa concerniente al valor inviolable de la vida humana como verdad básica de la ley moral natural y  fundamento esencial del ordenamiento jurídico, ha de analizarse a fondo y con total responsabilidad de quienes legislan, dado que tocan el fundamento del orden jurídico: el derecho a la vida, que sostiene todo otro derecho, incluido el ejercicio de la libertad humana. 

Estas iniciativas de voluntades anticipadas o testamentos vitales son presentadas muchas veces como sucedió en el jardín del Edén, como atractiva y apetecible, como un derecho. La práctica es la misma alrededor del mundo: ejercer presión social (instituciones, movimientos y colectivos ciudadanos) y política para que se den los pasos hacia decisiones contrarias a la vida.

 La experiencia en otros países señala que el objetivo del testamento vital difícilmente se cumple con el supuesto documento, pues  su existencia  certifica lo que el individuo pensaba en abstracto cuando lo firmó, sin garantizar en modo alguno, que siga pensando lo mismo llegado el caso en que no sea capaz de expresar su opinión. A manera de ejemplo,  ¿cuántas personas que experimentan  los graves padecimientos por el Covid19 se arrepienten de no haber atendido las disposiciones sanitarias dadas?

Hemos de estar atentos, para continuar proclamando que el único y verdadero derecho de todo enfermo es a ser acompañado y cuidado con humanidad, desde el amor a Dios y al prójimo. Solo así se custodia su dignidad hasta la llegada de la muerte natural. "No existe, en efecto, un derecho a disponer arbitrariamente de la propia vida, por lo que ningún agente sanitario puede erigirse en tutor ejecutivo de un derecho inexistente».[2]

En la Costa Rica del Bicentenario nuestro sistema sanitario, que ha dado muestras fehacientes de eficiencia y equidad en el manejo de la pandemia, debe avocarse a garantizar el derecho a la salud para que al final de nuestras vidas todos los ciudadanos, por igual, contemos con los cuidados médicos esperados conforme a nuestra dignidad como personas. Las instituciones responsables deben luchar contra un posible descuido en la atención de los enfermos terminales. 

Como discípulos de Cristo, apelemos desde lo más hermoso como es el amor, a la capacidad de acompañar y dar los cuidados paliativos a las personas enfermas en las fases terminales, donde se respete su dignidad humana, su llamada a la santidad y, por tanto, el valor supremo de su misma existencia. De esta manera seguiremos construyendo esta gran Nación sobre la base firme de la cultura de la vida. 

 



[1] Cfr. Fernando Pinto Palacios, El régimen jurídico del Testamento Vital en Europa, artículo

[2] Pontificio Consejo para los Agentes Sanitarios, Nueva carta de los Agentes sanitarios, n. 169.